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Ciudad ética, ciudad feliz
Cómo ser un vigía de la ética de los profesionales de arquitectura y sus profesiones auxiliares.
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El arquitecto y el profesional auxiliar de la arquitectura tienen la responsabilidad de actuar con criterio y enaltecer su profesión, de trabajar de manera recta con la ciudad, con la sociedad, con el medio ambiente, con los colegas y con los clientes.
Ese debería ser el derecho de las cosas: la ética por encima de todo, pero en ocasiones no ocurre, y como ciudadanos tenemos el deber y el derecho de levantar alertas sobre lo que pasa, de quejarnos si es necesario y recibir orientación sobre el actuar de los profesionales.
Es posible que conozca algún arquitecto o un profesional auxiliar de la arquitectura que haya actuado fuera del código de ética, que lo haya asaltado en su buena fe, que haya diseñado mal un proyecto, que no haya entregado lo que le prometió, que esté atentando contra el medio ambiente, que haya realizado mal un trabajo en un espacio, que no esté manejando de manera responsable los dineros entregados para una obra, entre otras cosas y usted no sepa que hacer.
Aquí le daremos algunas guías de qué vigilar y cómo actuar en esos casos.
- ¿Código de ética?Sí. Los arquitectos y profesionales auxiliares de la arquitectura tienen un código que rige el ejercicio de estas profesiones en Colombia. El código de ética es el instrumento rector de los comportamientos de una conducta sana del profesional y regula la disciplina, las actuaciones y los comportamientos sociales de los profesionales.El ciudadano cuenta con el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares CPNAA, para preguntar, quejarse y denunciar, cuando encuentra que arquitectos y profesionales auxiliares están incumpliendo ese código en su ejercicio profesional.
- Pero… ¿Qué es el CPNAA?Es la entidad del Estado que se encarga de fomentar, promover, controlar y vigilar el ejercicio de la Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares. Trabaja al servicio de los ciudadanos y promueve la ética y la responsabilidad social de éstas profesiones en nuestro país.
- ¿Quiénes son los arquitectos y profesionales auxiliares de la arquitectura?Los arquitectos son personas que tienen la responsabilidad de idear, proyectar y materializar las edificaciones en cuyos espacios se desarrolla la vida de las comunidades; edificaciones que en conjunto, deben propiciar el disfrute del medio ambiente, una vida sana, productiva y en paz. La responsabilidad de los arquitectos va desde el asesoramiento a las personas en la búsqueda de un hábitat acorde a sus necesidades y sueños, así como la realización de trámites para la construcción, y hacen parte de la academia en procesos de formación de nuevos profesionales.Los profesionales auxiliares de la arquitectura, son aquellos técnicos profesionales o tecnólogos que intervienen el diseño interior del espacio, la decoración de éste y dibujan al detalle los planos arquitectónicos y de urbanismo según la idea del arquitecto.
- ¿Cómo se trabaja de manera legal?Para ser arquitecto o profesional auxiliar de la arquitectura y trabajar de manera legal, no basta con tener un título académico: debe acudir al CPNAA para obtener la matrícula profesional de arquitectura o un certificado de inscripción profesional para técnicos profesionales o tecnólogos auxiliares de la arquitectura, que los reconozca como profesionales con todas las de la ley.Por este motivo, siempre que contrate a uno de estos profesionales debe exigir el documento que los acredita para ejercer legalmente en nuestro territorio.
- ¿Cómo saber si un arquitecto o profesional auxiliar está inscrito ante el CPNAA?Es muy sencillo: en www.cpnaa.gov.co en la sección “Trámites y Servicios”, elija la opción “Consulta del Registro”. Allí podrá saber con el número de identificación si el profesional o auxiliar de la arquitectura se encuentra matriculado ante el Consejo. También puede solicitar el certificado de vigencia profesional digital, el cual certifica que el arquitecto o profesional auxiliar se encuentra inscrito y está hábil para ejercer la profesión.
- ¿Qué ley lo establece?Trabajar legalmente es muy serio, por eso está establecido en la Ley 435 de 1998. En el artículo 2 se definen las actividades que pueden realizar los profesionales: Consúltelo en www.cpnaa.gov.co en la sección “Normatividad”.
- ¿Cuáles son los deberes de un arquitecto o un profesional auxiliar de arquitectura en su ejercicio?El ejercicio de la profesión de arquitectura y sus profesiones auxiliares debe ser guiada por criterios, conceptos y elevados fines que propendan a enaltecer sus profesiones; por lo tanto, están obligados a ajustar sus actuaciones profesionales a las disposiciones que constituyen su Código de Ética Profesional, que comprende deberes para con: la sociedad, la dignidad de sus profesiones, los demás profesionales de esas áreas, sus clientes y el público en general, para quienes se desempeñen en funciones públicas o privadas y en los concursos. Como ciudadanos debemos vigilar, y si es el caso, denunciar cualquier infracción a los deberes éticos ante el CPNAA.
- Algunos de esos deberes son:
- Proteger el medio ambiente.
- Proteger la vida y la salud de la comunidad, evitando riesgos innecesarios.
- Respetar y hacer respetar las disposiciones legales.
- No ofrecer o aceptar trabajos en contra de las disposiciones legales vigentes, ni aceptar tareas que excedan su título.
- No prestar su firma.
- Velar por la protección del patrimonio nacional.
- Respetar y proteger la propiedad intelectual.
- No recibir o conceder comisiones ofrecidas por contratistas interesados en la ejecución de los trabajos.
- Manejar con honestidad y pulcritud los fondos del cliente y rendir cuentas claras.
- ¿Y qué pasa cuando como ciudadanos denunciamos a un arquitecto o un auxiliar de la arquitectura?El CPNAA dentro de sus funciones controla y vigila el ejercicio ético de éstas profesiones en Colombia y puede sancionar a los arquitectos y profesionales auxiliares con amonestación escrita, suspensión en el ejercicio de la profesión hasta por cinco (5) años o la cancelación de la matrícula o certificado de inscripción profesional según el caso.
- ¿Y cuál es el deber del ciudadano?Vigilar y denunciar también es una tarea importante del ciudadano y para ello, cuenta con una entidad a la cual acudir cuando sienta que un arquitecto o profesional auxiliar de la arquitectura está incumpliendo los deberes del código de ética; por eso es tan importante conocerlo y ante cualquier situación que lo infrinja no quedarse callado.¿Cómo iniciar un proceso disciplinario contra un arquitecto o profesional auxiliar de la arquitectura?Para dar a conocer al CPNAA los actos irregulares y contrarios al código de ética por parte de un profesional de la arquitectura o un profesional auxiliar de la arquitectura con ocasión al ejercicio de su profesión, se debe dirigir a la sede de la entidad ubicada en la Carrera 6 No. 26 B-85 piso segundo de la ciudad de Bogotá D.C., y presentar en forma verbal o por escrito la queja, o enviarla por fax al 3502700 ext. 101 o a la cuenta de correo electrónico info@prueba.cpnaa.gov.co, en la cual se debe identificar al profesional en contra del cual se instaura, los hechos que la motivan y relacionar las pruebas en que se fundamenta.El formato de queja lo podrá encontrar en el portal www.cpnaa.gov.co en la sección “Control y Vigilancia” opción “Cómo iniciar un proceso disciplinario”.
Cartilla al Ciudadano