Cuando apenas comenzaba las dificultades en el sector de la construcción por el virus del COVID – 19 y el sector ya visualizaba algunas medidas que podría implementar el Gobierno Nacional como restricciones de tránsito, simulacro de cuarentena, toques de queda, cese de actividades en las entidades públicas y cierre de fronteras que afectarían las cadenas de producción y abastecimiento, la Cámara Colombiana de la Infraestructura (CCI) le pidió al Gobierno Nacional un tratamiento especial en medio de la crisis derivada por la pandemia.
Para ese momento varios gremios del sector, así como la CCI solicitaban “medidas blandas” que permitieran el ajuste de plazos, cuotas e inclusive el establecimiento de períodos de gracia en temas financieros. Adicionalmente, proponía flexibilizar el pago de IVA y retención en la fuente como tributos derivados de la suscripción de los contratos de obra, concesión, interventoría o consultoría, y finalmente blindar la economía de tal manera que se pudiera garantizar el pago de salarios y los costos del sistema de seguridad social.
Pasadas varias semanas, donde Bogotá lideró las iniciativas drásticas con la implementación de un simulacro obligatorio entre el 20 y 24 de marzo y la posterior cuarentena en todo el país dictada por el Gobierno Nacional, a través del Decreto 457 de 2020, ya se han implementado algunas medidas que intentan aliviar no sólo el sector de la construcción y la infraestructura, sino en términos generales la economía del país, estas son algunas de ellas.
En primer lugar, la última medida anunciada el pasado 8 de abril cobija a quienes trabajan en todo lo relacionado con de obras de infraestructura de transporte y obra pública. Según el Decreto 531 del 2020, la excepción 18 indica que se permitirá el derecho de circulación de personas que trabajen en “la ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como la cadena de suministros de materiales e insumos relacionados con la ejecución de las mismas”.
Esta medida se alinea con las decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional, a través del Decreto 457 de 2020, mediante el cual se dio luz verde al aislamiento preventivo obligatorio, donde se establecieron 34 excepciones que también cobijan al personal médico y servicios farmacéuticos. En lo que compete al sector de la construcción se señala que:
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- Excepción 31 “La intervención de obras civiles y de construcción, las cuales, por su estado de avance de obra o de sus características, presenten riesgos de estabilidad técnica, amenaza de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural”.
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- Excepción 34 “La construcción de infraestructura de salud estrictamente necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19”.
En este sentido, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), mediante la Resolución No. 471 de 2020, indicó que se deberá garantizar la ejecución de las obras y de las operaciones de acuerdo con el estado en el que se encuentren o por tratarse de atención a puntos críticos, prioritarios o situaciones de emergencia; por supuesto, siempre garantizando condiciones seguras para la salud de los trabajadores y terceros.
Así mimo, señaló que, de conformidad con lo expresado por el Ministerio de Trabajo, se le deberá garantizar el derecho al trabajo a todos los empleados del sector y se le recordó a los Concesionarios e Interventorías el obligatorio cumplimiento de la medidas contempladas en la Circular No. 009 de 2020 (de esta misma entidad) en todo lo referente a los contratos laborales.
Por otro lado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (Dian) anunció cambios en algunas de las fechas del calendario tributario para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los próximos meses. Así mismo, se modificó el plazo a los Grandes Contribuyentes para presentar la declaración y pagar la segunda cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios. Inicialmente las fechas estaban contempladas entre el 14 y el 27 de abril, ahora será entre el 21 de abril y el 5 de mayo de acuerdo con el último dígito del NIT.
Frente al IVA se indicó que los responsables de este impuesto, personas jurídicas, naturales y los contribuyentes señalados en el decreto distinto a instituciones financieras, podrán presentar su declaración de IVA bimestral o cuatrimestral, según corresponda, hasta el 30 de junio de 2020.
Si bien ya se han implementado medidas que buscan aliviar la situación de uno de los sectores que más impulsa a la economía nacional, y que a su vez se está viendo gravemente afectado, habrá que esperar para conocer cuáles son las normas que seguirá expidiendo el Gobierno Nacional con el fin de garantizar derechos como el empleo, tránsito, vivienda, entre otros, los cuales están directamente relacionados con la construcción de infraestructura en todo el país.