Nuestros objetivos
Funciones
El Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares, tiene las siguientes funciones:
- Dictar su propio reglamento y el de los Consejos Profesionales Seccionales de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares.
- Aprobar o denegar las Matrículas Profesionales y los Certificados de Inscripción Profesional.
- Expedir las correspondientes Tarjetas de Matrícula Profesional de Arquitectura y Certificados de Inscripción Profesional.
- Resolver sobre la cancelación o suspensión de la Matrícula Profesional de arquitectura o Certificado de Inscripción Profesional por faltas al Código de Ética y al correcto ejercicio profesional.
- Expedir y cancelar las Licencias Temporales Especiales que trata el artículo 7° de la presente ley.
- Fomentar el ejercicio de la profesión de la arquitectura y profesiones auxiliares dentro de los postulados de la ética profesional.
- Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones comprobadas a las disposiciones legales que reglamenten el ejercicio profesional de la arquitectura y profesiones auxiliares.
- Resolver en segunda instancia los recursos sobre las decisiones que dicten los Consejos Seccionales.
- Elaborar y mantener un registro actualizado de arquitectos y profesionales auxiliares de la arquitectura.
- Emitir conceptos en lo relacionado con estas profesiones, cuando así se le solicite, para cualquier efecto.
- Definir los requisitos que deban cumplir los arquitectos y profesionales auxiliares de la arquitectura para obtener la matrícula profesional o el certificado de inscripción profesional.
- Fijar los derechos de matrícula y certificados de inscripción profesional de forma equilibrada y razonable, para cubrir los gastos que ocasione el funcionamiento del Consejo Nacional y el de las respectivas seccionales. Derechos que no podrán exceder la suma equivalente a un (1) salario mínimo legal mensual vigente. Sobre estos recursos ejercerá el debido control la Contraloría General de la República.
- Aprobar su propio presupuesto y el de los respectivos Consejos Seccionales.
- Promover la actualización, capacitación, investigación y calidad académica de la arquitectura y profesiones auxiliares.
- Vigilar y controlar el ejercicio profesional de los arquitectos y de los profesionales auxiliares de la arquitectura.
- Crear los Consejos Seccionales de Arquitectura y Profesiones Auxiliares.